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sábado, 21 de mayo de 2011

UNA DERROTA PARA COLOMBIA A MANOS DEL PC3

No de otra manera puede calificarse la grotesca decisión de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que de manera absurda le quita validez jurídica a las pruebas recolectadas de los computadores personales del terrorista alias Raúl Reyes y que demuestran el grado de infiltración de las narcoguerrillas de las Farc en el Estado y la sociedad colombianos.

Los argumentos de los magistrados son tan inconsistentes como su compromiso con la justicia, ya sus decisiones no muestran un sesgo ideológico, muestran abiertamente su compromiso político con el narcoterrorismo y su aparato clandestino el PC3. Señalar que los documentos electrónicos no tienen validez probatoria porque fueron recogidos por el ejército, que no tiene facultades de policía judicial, en un país extranjero sin colaboración de las autoridades judiciales del mismo, lo que indicaría una ruptura en la cadena de custodia debida para garantizar el debido proceso, es un maniqueísmo jurídico que tendrá hondas repercusiones en los procesos penales contra los integrantes de las bandas narcoguerrilleras y sus auxiliadores.

La cadena de custodia de la prueba es un sistema documentado que se aplica a los Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Física (EMP y EF), para garantizar y demostrar las condiciones de identidad, integridad, preservación, seguridad, almacenamiento, continuidad y registro, que se inicia cuando los servidores públicos, personal de salud y particulares tienen contacto con los EMP y EF, para proteger la conservación de los EMP y EF, manteniendo el estado y posición original inalterable para su posterior conocimiento y/o análisis.

Para el caso de los documentos encontrados en los computadores del abatido terrorista, ha sido la misma Interpol la que ha certificado que no fueron objeto de manipulación alguna y se conservaban en su integridad, de tal manera que ese argumento de la Sala Penal se cae por su propio peso en tanto una autoridad internacional garantiza la cadena de custodia en la preservación de la prueba, garantizándose así el debido proceso para los sujetos procesales que resultaren involucrados, entre ellos el mismo Estado y la sociedad, víctimas de las acciones ilegales del grupo terrorista y sus auxiliadores.

Ahora bien, en caso de que los magistrados consideraren que esos documentos no constituían plena prueba de la comisión de una conducta punible tipificada en nuestro estatuto punitivo, no hay razón para no tenerla al menos como indicio de tales conductas, estando obligados a requerir, ahí sí a la policía judicial, profundizar la investigación para determinar los elementos que los llevaren al convencimiento pleno de la existencia o no del delito para llegar a la verdad procesal que debe garantizar el debido proceso a investigados, sindicados o procesados, como a las víctimas.

Descartar de manera olímpica las EMP y EF encontradas en el campamento terrorista, trasladadas a territorio nacional y puestas a disposición de las autoridades judiciales dentro de los términos señalados en código procedimental, constituye un claro caso de omisión y denegación de justicia en perjuicio de la víctima, la sociedad colombiana, sin lugar a dudas puede constituir conducta punible de prevaricato atribuible a estos magistrados y que debe ser investigado por la Comisión de Acusaciones de la Cámara, su juez natural.

Esta aberrante decisión judicial es la explicación del porque magistrados y otros funcionarios judiciales se retiran de sus cargos y pasan a ser candidatos o apoderados de los partidos de izquierda y sus miembros. No hay razón para dudar que nuestra justicia esté politizada y ya tiene definida la ideología que abraza; el triunfo del PC3 es más que evidente y su poder de infiltración sale a la luz pública.

Nótese que el fallo de la Sala Penal extiende a todo proceso penal, incluidos los que puedan llevar jueces promiscuos en el mas apartado municipio contra terroristas de las Farc y sus auxiliadores, la orden perentoria de desechar como prueba cualquier vinculación que se derive de los tan mencionados correos de Raúl Reyes, que son calificados por los magistrados como meros documentos de texto sin destinatario definido porque no se encuentra soporte tecnológico que demuestre que circularon alguna vez en la red informática.

La Sala Penal de la CSJ acogió la tesis de Hugo Chávez y Rafael Correa para deslindar la responsabilidad de sus gobiernos en el apoyo a las narcoguerrillas por encima de las Resoluciones de la ONU que avalan las operaciones de defensa nacional en territorio extranjero cuando desde allí un país es agredido, como ocurrió con la Operación Fénix ignoro el derecho internacional para acudir a citar unos compromisos de cooperación judicial no especificados y que habían sido violados en primera instancia por Ecuador al no atender los requerimientos colombianos con respecto a los campamentos terroristas.

Esta decisión se suma a la expresada recientemente por un juez de la república que califico los informes de inteligencia militar como no validos para justificar las operaciones militares contra las organizaciones criminales y ordenar la libertad de unos capturados o que ha ido mas allá al ordenar incluso la devolución de armas de uso privativo de las FF.MM., como ocurrió en la Costa Atlántica. El poder judicial colombiano se volvió así el peor enemigo de la Política de Defensa y Seguridad Democrática y el mejor aliado del narcoterrorismo.

Ante estos eventos que se suman a las oprobiosas condenas impuestas a militares por el cumplimiento del deber, la sociedad colombiana no puede permanecer inane, no hay que someterse indignamente al llamado siglo de los jueces que ha impuesto una dictadura judicial a los demás órganos del poder público y al pueblo colombiano. Las organizaciones democráticas deben movilizarse y expresar su inconformidad, que no significa desconocimiento de las decisiones judiciales sino el justo reclamo para que estas se profieran en salvaguarda del interés general y el bien de la república.

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