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miércoles, 25 de mayo de 2011

EL EFECTO DOMINO QUE BUSCABA EL NARCOTERRORISMO


Felices deben encontrarse Alfonso Cano y sus secuaces criminales, en la legalidad o en la ilegalidad, por el efecto dominó que comienza a causar el aberrante fallo de la Corte Suprema de Justicia de Colombia con respecto al material probatorio obrante en los computadores, memorias y otros medios que pertenecieron al abatido terrorista Raúl Reyes.

El alma errante del sanguinario Tirofijo podrá encontrar un reposo; los secretos de las Farc, si bien descubiertos, quedan a buen recaudo por obra y gracia del poder judicial y no causarán el daño que pensaron, es más, esos secretos ahora ‘legitiman’ según nuestros magistrados el accionar criminal de la banda narcoterrorista y en el peor de los casos, será cuestión de cambiar de táctica para seguir operando.

Por lo pronto, en Chile la Corte Suprema ha decidido suspender el proceso penal contra el enlace de las Farc Manuel Olate, hasta notificarse oficialmente sobre la resolución del máximo tribunal colombiano que declaró ilegales las pruebas obtenidas desde el computador del ex líder de las FARC, Raúl Reyes, y que sirven de sustento para acusar al requerido profesional chileno. La decisión se tomó en el marco de la tercera audiencia del juicio de extradición, luego que el Ministerio Público -que representa al gobierno de Bogotá en el proceso- solicitará una cautela de garantías al tribunal.

La decisión de la Corte Suprema de Colombia podría ser vital para el curso de la acción penal en Chile sobre las supuestas vinculaciones de Olate con las FARC. Si se confirma su ilegalidad, la Fiscalía chilena anunció que desistirán de seguir adelante con la extradición del diseñador gráfico, indicó a la prensa el ministro instructor de la Corte Suprema de ese país, Guillermo Silva Günderlach.

Extraoficialmente voceros de la Procuraduría de México han señalado que los organismos judiciales de ese país mirarán con lupa solicitudes del gobierno colombiano relacionadas con personas o procesos que vinculen acciones de las Farc en ese país, dado que han sido las mismas autoridades nacionales las que han señalado la ilegalidad de las pruebas que condujeron a la deportación de un profesor universitario relacionado en los correos de Raúl Reyes como agente narcoterrorista.

Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de Colombia le han otorgado a las Farc el mayor triunfo político y diplomático con el que jamás hubieren soñado; abrieron el camino para que cualquier proceso penal contra los terroristas en Colombia o en el exterior quede sin piso, aún cuando se empeñen en señalar que el fallo solo hace referencia al proceso contra Wilson Borja[1].

Los magistrados de la CSJ acogieron la tesis ‘jurídica’ que la mamertería criolla e internacional esgrimió desde que se ejecutó la Operación Fénix para neutralizar los hallazgos probatorios que se encontrarían; se rompió, dicen, la cadena de custodia como la reserva del sumario y la protección de la prueba bien habida; así como que fueron obtenidos durante una operación militar de carácter improcedente en territorio extranjero[2].

La decisión de este organismo judicial recogió también lo que decidieron jueces banales en procesos contra integrantes y auxiliadores del narcoterrorismo en otras sentencias, como la proferida por un Juez de Garantías a favor de Rubén Darío Granda, hermano del Canciller de las Farc, y de Carlos Emilio Palacio Gómez, acusados de los delitos de financiación del terrorismo y concierto para delinquir agravado, sentencia que abrió el boquete jurídico que culmina con el desbordamiento de lo decido por la CSJ, ilegalizar las pruebas de cargo contra los auxiliadores del narcoterrorismo y conducir las decisiones judiciales a ratificar lo que en el pasado habían señalado: Las Farc son una organización altruista y por ende sus acciones criminales no son condenables.

En la sentencia del Juez de Garantías a favor de Granda y Palacio Gómez se había señalado que es incierta la legalidad de las pruebas allegadas al proceso por parte de la Fiscalía y sostuvo que no tenían un sustento de peso que comprometieran a Rubén Darío Granda con los correos encontrados en el computador de Raúl Reyes incautado tras el bombardeo efectuado en la frontera con el Ecuador el primero de marzo de 2008. "Al momento de emitirse la presente decisión es incierta la legalidad de los elementos materiales probatorios, toda vez que el acta que lo hizo emitida por el juzgado 60 penal municipal con función de control de garantías el 10 de abril de 2008, es genérica y no hace alusión específica de qué hallazgo se están legalizando, y la Fiscalía no presentó los otros elementos que soportara los elementos probatorios que allegan", expresó el juez.

Ya representantes de ese poder judicial han anunciado que de nada valdrá el reconocimiento de la existencia del conflicto armado interno para ilegalizar el narcoterrorismo; que la legislación penal no ha sido modificada y que por ende continuarán la tarea de legitimación de las organizaciones criminales, pues seguirán exigiendo que cualquier acción militar contra los componentes de esas bandas delincuenciales requerirán orden previa de un juez o fiscal, de participación del cuerpo de policía judicial, que los operativos se realicen en horarios de oficina y todos los demás argumentos que recurrentemente exponen para ordenar la libertad de narcoterroristas y devolución de pruebas y bienes capturados de manera diferente.

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