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martes, 22 de marzo de 2011

LAS ABSURDAS CONCLUSIONES DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


Ahora para nuestros magistrados no sólo los terroristas son ‘luchadores altruistas’ por decisión judicial, sino que las autodefensas ilegales son producto de decisiones de los mandos militares, acogiendo de paso las tesis de las Farc y el PC3 en su amañada forma de presentar la historia a través de organizaciones como el MOVICE.

La izquierda colombiana y ahora las Cortes, le están atribuyendo a las FF.MM un poder político que jamás han tenido, por el contrario, si algo ha sido reconocido por propios y extraños, ha sido la legítima subordinación del estamento militar al poder político, por algo cuando hay alguna manifestación de inquietud en las filas militares por decisiones políticas contrarias a la Constitución, se ha hablado en Colombia de ‘ruido de sables’, sin que nunca se haya quebrantado el orden legítimo de la república.

Nuestros ilustres juristas están desconociendo la realidad fáctica al endilgarle a las FF.MM. y especialmente al Ejército, la creación de grupos de autodefensas o de justicia privada para ‘que le hicieran el trabajo sucio’, como desde tiempos remotos viene sosteniendo la izquierda.

El fenómeno denominado ‘paramilitar’ tiene sus raíces en los comienzos del siglo XX y se explica desde la incapacidad del Estado por brindarle garantías a amplios sectores de la población, generalmente ubicados en zonas marginales o rurales de nuestra geografía; ya desde 1920 comenzaron a surgir grupos de autodefensa privados con diversos y variados intereses.

Con el surgimiento de las bandas criminales Farc y Eln, como reactivación de algunos rezagos de las desmovilizadas guerrillas liberales, fue el poder político el que legitimó las primeras autodefensas. El surgimiento formal de los grupos armados al margen del Estado data de 1965 y de 1968, cuando dos textos jurídicos -el Decreto 3398 y la posterior Ley 48- senta­ron las bases legales que permitieron crear organizaciones de defensa civil. Estas normas de marcado carácter presidencial hablan por sí mismas de la violencia que vivió el país no sólo en aquellos años, sino en los decenios anteriores. La debili­dad de las instituciones estatales, fuera culpable o no de este asunto, sí tenía cierta responsabilidad en la aparición de estas formas singulares de ejercer el derecho legítimo a la defensa y a la protección de la propiedad privada: cuando el Estado no controla el territorio no puede ejercer sus funciones de protección de la población ni ostentar el monopolio exclusivo de la violencia[1].

En Colombia, no puede olvidarse, con el concurso de los partidos políticos y la anuencia de los gobiernos, al amparo de las normas existentes, las autodefensas que en los años sesenta y en los setenta había sido parte de la solución a los problemas cau­sados por la guerrilla -especialmente para los propietarios de tierras y los ganaderos- en los años ochenta transformaron su esencia. Por regla general, las autodefensas dejaron de ser pequeños grupos protectores de tierras, bienes y vidas para convertirse en bandas que defendían los intereses privados de los propietarios perjudicados por la guerrilla. Es más, en ese tiempo -con honrosas excepciones- se estaban formando y consolidando grupos diferentes de paramilitares, como los de los narcotraficantes, los de las mafias de las esmeraldas y los de los ganaderos y de los terratenientes[2].

Si bien el Ejército inicialmente tuvo a su cargo el control y seguimiento de esos grupos de autodefensas, pronto los hechos lo desbordaron y su labor se vio limitada, cuando no anulada, por decisiones políticas, por desinterés del ejecutivo, por falta de recursos y otros factores que no pueden ser soslayados para ahora trasladar la culpa de las decisiones políticas a la institución militar.

Si hay Oficiales o Suboficiales comprometidos con las acciones al margen de la ley de las autodefensas, esas actitudes sólo obedecen a decisiones personales, a responsabilidades de conductas individuales, no como parte de la doctrina militar; el Ejército cumplió con su deber en la medida que las circunstancias políticas así lo permitieron, prueba de ello es que muchos de sus miembros perdieron la vida combatiendo a esas organizaciones cuando así lo decidió el Estado.

Las absurdas conclusiones de la Corte Suprema no sólo constituyen una afrenta al honor militar, una falta a la verdad y una ausencia absoluta del derecho y la justicia, sino que constituyen un engaño a los ciudadanos y al mundo que en resumen configuran una denegación de justicia y un extralimitación de las funciones propias del Tribunal que lo pone, sin lugar a dudas, inocente o perversamente al servicio de los oscuros de los intereses del PC3 y las organizaciones narcoterroristas, como parte de la campaña de destrucción de las Fuerzas Militares trazada desde el Foro de Sao Paulo.



[1] RIVAS NIETO, Pedro y REY GARCÍA, Pablo. Las autodefensas y el paramilitarismo en Colombia (1964-2006). CONFINES. Enero-mayo 2008. Pág. 43. En: http://confines.mty.itesm.mx/articulos7/RivasP.pdf

[2] Ibíd.

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