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miércoles, 14 de julio de 2010

LAS CONSIDERACIONES JUDICIALES FRENTE A LOS TESTIMONIOS DE LOS DESMOVILIZADOS DE LAS FARC

Mientras fiscales y jueces se solazan en testimonios dudosos de delincuentes que quieran atenuar su responsabilidad penal frente a delitos de lesa humanidad, como es el caso del tristemente conocido Rafael García, el corrupto funcionario del DAS al servicio del narcotráfico, las declaraciones de miembros de las Farc y el Eln son puestas en duda porque provienen de personas que están en procesos de reintegración que les ofrecen beneficios legales o económicos por cooperar con las autoridades. ¿Acaso Rafael García y los demás deponentes ante los despachos judiciales no buscan los mismos beneficios legales, jurídicos y económicos que se señalan como prueba de duda frente a los testimonios que podrían dar lugar al destape de la farcpolítica?

En lo que tiene que ver con las denuncias sobre apología a la criminalidad de las Farc y Eln, el poder judicial colombiano ha considerado que los desmovilizados no son fuente confiable en cuanto su testimonio no puede declararse imparcial, y por eso tanto la Corte Suprema como la Constitucional han coincidido en sus jurisprudencias que “tales testimonios, para efectos de otorgarles credibilidad, deben analizarse y valorarse con mucho rigor y cuidado, pues la ligereza y la superficialidad del examen puede dar lugar a que se cometan graves injusticias”. Pero en contrario basta cualquier testimonio de cualquier fuente dudosa para vincular judicialmente a quienes se han opuesto políticamente al comunismo o a los militares que en ejercicio de su deber constitucional y legal han atacado las estructuras criminales.

El poder judicial hace clara demostración de su vínculo ideológico, que nace de su agremiación sindical, que por cierto lleva el nombre de uno de los frentes más sanguinarios de las Farc, el “Jaime Pardo Leal”; claro, el poder judicial, como lo hace Iván Cepeda el legatario de la ideología fariana de Manuel Cepeda Vargas, dirán que las Farc hacen un uso independiente de los nombres de los mártires de la U.P., aunque nunca expliquen su vinculación ideológica a tales hechos.

No es casual que Iván Cepeda aparezca como uno de los promotores de la declaración de HRW que pretende señalar que los testimonios de los desmovilizados de las Farc provienen de testigos poco creíbles o posiblemente preparados por funcionarios investigadores, son contradictorios, vagos y poco creíbles, según lo encontrado por la ONG en 16 de los casos estudiados( ); ¿Podrá quedar duda alguna del papel del representante Cepeda en la labor propagandística y en el desarrollo de la guerra jurídico-política de las Farc contra Colombia?

En ese sentido los operadores judiciales están recurriendo de manera sistemática a una interpretación amañada y perversa del procedimiento penal, indicando que los capturados por acciones terroristas por parte del Ejército son víctimas de violación del debido proceso porque el Ejército no tiene facultades de policía judicial, olvidando la figura de la flagrancia en la captura de un delincuente, o de manera más torpe al indicar que apreciaciones personales de quien las expone debieron haber sido verificadas contundentemente por los organismos investigativos; es decir los terroristas gozan indudablemente de cualquier excusa para recobrar la libertad y evadir la responsabilidad legal que les corresponde, muchos incluso, como los financistas de las Farc, tienen listo el asilo político en cualesquiera de los países bolivarianos como ocurrió en el caso Granda.

La Política de Defensa y Seguridad Democrática fue concebida como una política integral del Estado contra el narcotráfico y el terrorismo, pero ha sido precisamente uno de los poderes públicos el que ha instituido la impunidad para los actores de la violencia al pretender una política judicial eminentemente garantista para negar la judicialización y condena de los narcoterroristas capturados gracias a la información recibida de quienes se desmovilizan de las estructuras criminales, los que por demás son expuestos a las vindictas de los delincuentes al quedar sin ninguna protección legal por sus testimonios. Algo que para las Farc significa una legitimación de sus prácticas criminales contra sus propios militantes para evitar la huida de guerrilleros so pena de ser asesinados.

(1) REVISTA SEMANA. Debilidades en procesos contra defensores de derechos humanos. 14 de julio de 2010. En: http://www.semana.com/noticias-nacion/debilidades-procesos-contra-defensores-derechos-humanos/121095.aspx

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